PRÁCTICAS PEDAGOGÍA

 PRÁCTICA 2.a.

El análisis realizado sobre la tutoría y la relación de las familias con la escuela según distintas leyes en el marco legan son:

- LOMLOE:

Según lo modificado en esta Ley encontramos lo siguiente en relación con los padres o tutores:

1. Los padres, madres o tutores, en relación con la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, tienen los siguientes derechos:

a) A que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con los fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.

b) A escoger centro docente tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos.

c) A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos e hijas.

e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos e hijas.

f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes.

g) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos e hijas.

2. Asimismo, como primeros responsables de la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, les corresponde:

a) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos e hijas o pupilos y pupilas cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase.

b) Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar. Asimismo, deberán informar de las dificultades que puedan tener sus hijos o hijas en sus procesos de aprendizaje o socialización.

c) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.

d) Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos e hijas.

e) Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con el profesorado y los centros.

f) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.

g) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.

h) Participar de forma cooperativa en aquellos proyectos y tareas que se les propongan desde el centro educativo.»

Dos. Apartado 5 del artículo quinto.

«Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de madres y padres, así como la formación de federaciones y confederaciones.»

- LOMCE:

Son necesarios canales y hábitos que nos permitan restaurar el equilibrio y la fortaleza de las relaciones entre alumnos y alumnas, familias y escuelas. Las familias son las primeras responsables de la educación de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones. 

El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos. 


- LOE:

Nos encontramos con los mismos objetivos en relación con los padres según la LOMLOE


- LEY DE EDUCACIÓN DE CLM 7/2010:


En el artículo 23 se encuentra la participación de los padres en el proceso educativo:

1.      Los padres y madres y los tutores legales tienen que participar en el modelo de educación de sus hijos, y defender los derechos

2.      La consejería competencia en materia de  educación formará a las familias y tutores para que sean mejor educadores y colaboren en la educación de sus hijos/as

3.   La consejería competente en materia de educación dotará a los centros de los recursos necesarios para que se puedan comunicar con las familias

Otros derechos que tienen los padres y madres y los tutores son:

-         Educación de sus hijos

-         Que reciben una formación religiosa

-         Derecho a formar parte de la educación

-    Derecho a tener conocimiento sobre la evaluación y las decisiones que afecten al progreso académico de sus hijos

Los deberes que tienen que tener los padres y madres o tutores legales son:

-      Deber de conocer las normas del centro, respetar la colaboración con las familias y conocer la evolución de sus hijos

-          Deberán comprometerse a mejorar el estudio en casa de sus hijos


- DECRETOS DE CURRÍCULO EN CLM:

En el decreto 88/2009, se fomenta la participación de las familias en la escuela. Se debe favorecer las pequeñas rutinas y mediante las entrevistas a las familias y las observaciones de esta, poder tener más información que ayude al centro a poder atender correctamente a los niños.

El centro debe favorecer un periodo de acogida en el que se expliquen a los padres todo lo necesario para el empiece de curso.

En el Decreto 67/2007 se recoge la colaboración de las familias con el centro a través de las tutorías donde se pretende conocer información del contexto familiar.

En el marco de la tutoría, y a título individual, se mantendrán entrevistas en el horario establecido, a iniciativa de la familia o del tutor, cuando lo consideren necesario. Además, se realizará la entrevista de información, al terminar cada trimestre, sobre el nivel de desarrollo alcanzado en los objetivos previstos y la entrega de un documento escrito. 

También se desarrolla un proceso de acogida con las que debe incluir un conjunto de actuaciones con la familia y con el alumnado dirigidas a aceptar y resolver de una manera natural y normalizada el conflicto que necesariamente produce el cambio. En el caso de la familia estas actuaciones deben estar dirigidas a ofrecer orientaciones para: 

•   Asumir con naturalidad el proceso, reduciendo los temores, la ansiedad, la angustia… creando en los padres unas expectativas positivas hacia la capacidad de adaptación de sus hijos e hijas, hacia la trascendencia de este momento en el proceso de socialización y en general, en el aprendizaje. 

• Dar pautas para mantener comportamientos que contribuyan a dar seguridad y confianza, y prevenir las   actuaciones más adecuadas ante las posibles reacciones de los niños y las niñas (problemas de alimentación, sueño…)

Este periodo se podrá explicar en una reunión al finalizar el curso anterior, es decir en junio.

También se podrá favorecer la colaboración con talleres, cuentacuentos, etc.

En conclusión, podemos comprobar que todas estas leyes dan una especial importancia a la colaboración de las familias con la escuela para mejorar el aprendizaje de los alumnos, a través de tutorías, de reuniones, así como comunicaciones a partir de los recursos que el centro dota como la página web del colegio, Papas 2.0, correo electrónico, etc.

También favorecen la participación a través del periodo de acogida donde las familias entran en la escuela durante los primeros días y pueden comprobar como son las clases, contribuir a que sus hijos se adapten a la escuela y la separación sea positiva y tranquila.

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